| Para todos los refugios gestionados por la FAM para
el año 2008
NOTA: En el Refugio de la Renclusa, al ser cotitulares el Centro Excursionista de Cataluña y la Federación Aragonesa de Montañismo, todos los derechos y obligaciones que se expresan en este reglamento para los federados, son extensibles por igual a los socios del C.E.C: al corriente de pago, en dicho Refugio de la Renclusa. En el Refugio de Riglos, al ser cotitulares Montañeros de Aragón y la Federación Aragonesa de Montañismo, todos los derechos y obligaciones que se expresan en este reglamento para los federados, son extensibles por igual a los socios del citado club, al corriente de pago, en dicho Refugio de Riglos. 1º.- REGULACIÓN
El presente reglamento establece las normas de utilización de los Refugios de Montaña en Aragón gestionados por la F.A.M. 2º.- DEFINICIÓN Y FINALIDAD
Los Refugios de Montaña son instalaciones deportivas destinadas a facilitar la práctica del montañismo. De acuerdo a lo anterior serán consideradas como tales aquellos establecimientos que sean homologados con arreglo a las normativas de uso y de calidad que se establezcan. La finalidad del presente Reglamento se centra en el buen uso de sus instalaciones y convivencia de los usuarios 3º.- USUARIO
Tendrán derecho a utilizar los Refugios de Montaña:
4º.- GUARDAS
Son las personas designadas por el propietario o gestor del Refugio como responsables del mismo. Por lo tanto representan la máxima Autoridad y sus instrucciones en cuanto al cumplimiento del presente Reglamento deben ser inexcusablemente atendidas, sin perjuicio de las posteriores reclamaciones a que pudiera haber lugar. El Guarda debe recibir y atender a los montañeros como huéspedes y su conducta estará guiada por las más elementales normas de Hospitalidad, atendiendo en cuanto pueda las necesidades de los mismos. El Guarda será el encargado de organizar el alojamiento, identificar e inscribir a los usuarios, velar por la seguridad y hacer respetar el orden necesario para el interés general, y por lo tanto adoptará las medidas que en cada momento considere oportunas, para el cumplimiento de estas obligaciones, debiendo los montañeros-huéspedes colaborar en su ejecución. En caso de accidente o de situación excepcional, el guarda colaborará en todo lo que pueda para facilitar las labores de salvamento o del caso de emergencia, colaborando estrechamente con los organismos locales regional y nacional de protección civil. 5º .- IDENTIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN
A la llegada al Refugio, todo montañero deberá identificarse, exhibiendo la documentación necesaria que le acredite como usuario del mismo, según lo dispuesto en el artículo 3º. Asimismo, deberá indicar al Guarda sus intenciones de pernoctaje a fin de que éste lo inscriba y le asigne su ubicación en el Refugio. 6º.- DURACIÓN DE LA PERMANENCIA
Dejando a salvo los casos de fuerza mayor, constatados por el guarda, y que obligue a la permanencia por un tiempo superior; dado el carácter de instalación deportiva y con el fin de extender su utilidad al máximo número de montañeros posible, no se podrá pernoctar en los Refugios más de tres noches consecutivas, salvo autorización expresa de la Federación Aragonesa, o si existen plazas libres después de las 19 horas. 7.- PRIORIDADES
Tendrán preferencia en el uso de los refugios sobre cualesquiera otras personas las siguientes:
8.- RESERVAS 9.- LISTAS DE PRECIOS
Las listas de precios por los diversos servicios que se presten, deberán estar expuestas al público y haber sido visadas por la Federación Aragonesa de Montañismo. Los federados y asimilados disfrutarán de reducción en algunos de los precios. El Guarda dará a todos los usuarios del Refugio un comprobante de todos los servicios prestados; este comprobante será un impreso del modelo aprobado por la Federación correspondiente, el cual constará de dos partes diferenciadas. En la superior irá el CIF y dirección de la Federación, así como el nombre del refugio, y en ella se recogerán las pernoctas; en la inferior constará el NIF del guarda o gestor y recogerá todos los gastos de cantina y economato. 10.- LIBRO DE REGISTRO
En todo Refugio deberá existir un libro en el que los montañeros puedan anotar su estancia, siempre que se consignen de forma legible sus datos personales. Estas anotaciones se recomienda efectuarlas sobre todo en los casos de ascensiones particularmente difíciles o peligrosas, haciendo una breve descripción de su propósito. 11.- NORMAS GENERALES DE UTILIZACIÓN
Al ser los refugios instalaciones de Interés Público, todos los usuarios deberán poner el máximo de interés en su conservación y aprovechamiento, quedando expresamente prohibido:
Así mismo, y como elemental norma de respeto a los demás, se deberá:
Igualmente, y para facilitar el uso del Refugio:
Para poder mejorar la seguridad es necesario sobre todo en invierno avisar a la guardería de la llegada al refugio. 12.- RECLAMACIONES
En todos los Refugios guardados existirá un sistema adecuado para que el usuario refleje sus reclamaciones. Este sistema consistirá en hojas oficiales numeradas con tres copias (interesado, refugio y FAM), de tal manera que en la Federación quedará constancia de todas aquellas reclamaciones y el usuario por su parte podrá volverla a remitir a la Federación si lo considera oportuno. 13.- ACEPTACIÓN DEL PRESENTE REGLAMENTO CONDICIONES PARTICULARES
Los dormitorios permanecerán abiertos a partir
de las 15 horas.
Hasta una hora antes del silencio, se servirán bebidas y comidas de emergencia. PERNOCTAS
Precios pernoctas a partir del 1 de Enero de 2008 con un 7% de IVA incluido: MORATA Y RIGLOS
Federados y recíprocos menores de 14 años. 5,20 € Federados y recíprocos mayores de 14 años. 8,90 € No federados menores de 14 años. 6,50 € No federados y no recíprocos. 14,50 € PINETA, GÓRIZ, RABADÁ-NAVARRO,
CASA DE PIEDRA YLIZARA
Federados y recíprocos menores de 14 años. 3,50 € Federados y recíprocos mayores de 14 años. 7,20 € No federados menores de 14 años. 6,50 € No federados y no recíprocos. 13,00 €
RENCLUSA, ESTÓS, RESPOMUSO Y ÁNGEL ORÚS
Federados y recíprocos menores de 14 años. 3,80 € Federados y recíprocos mayores de 14 años. 7,50 € No federados menores de 14 años. 7,00 € No federados y no recíprocos. 14,00 € En los refugios de Casa de Piedra, Rabadá y Navarro, Estós, Respomuso, Lizara, Pineta, Renclusa, Ángel Orús, Riglos y Morata en la medida de sus diarias posibilidades, con los horarios y normas que se concreten, en la pernocta va incluida una ducha de agua caliente. RESERVAS
En todos los refugios se pueden reservar un máximo del 65% de las plazas por federados y un 25% por no federados. Tanto unas como otras reservas se guardarán hasta las 19 horas en verano y 17 horas en invierno. PRIORIDAD DE FEDERADOS SOBRE NO FEDERADOS
GÓRIZ Hasta las 15 h. en invierno. Hasta las 17 h. en verano. RESPOMUSO Hasta las 16 horas en invierno. Hasta las 17 horas en verano. ESTÓS, Á. ORÚS y RENCLUSA Hasta las 18 horas todo el año CASA DE PIEDRA, LIZARA y PINETA Hasta las 19 horas todo el año. RABADÁ Y NAVARRO Hasta las 18 horas todo el año. **Se considera temporada invernal para estos efectos desde el 1 de Noviembre hasta el 30 de Abril. El guarda, por causa climatológica justificada, puede cambiar estas fechas, pero estará obligado a hacerlo público a la Federación y en el comedor.** CIERRE DE LOS ASEOS POR LIMPIEZA
Los refugios cerrarán este espacio para limpieza durante dos horas y media cada día. El horario de cierre estará convenientemente expuesto al público en cada uno de ellos. NORMATIVA SOBRE TABACOS
Los refugios de montaña son instalaciones deportivas cerradas, por lo que según la actual normativa del Gobierno de Aragón, está prohibido fumar en todos ellos. Esta norma, no obstante, está sujeta a la legislación vigente en cada momento. CIERRE DEL COMEDOR POR LIMPIEZA
Los refugios cerrarán este espacio para limpieza durante dos horas y media cada día. El horario de cierre estará convenientemente expuesto al público en cada uno de ellos. USO DE LAS MESAS
GÓRIZ.- Debido a que las plazas del comedor son sólo 65, se establece una preferencia de 13,30 horas a 14,30 y de 20 a 21 horas (de 19,30 a 20,30 en invierno) para los montañeros que encarguen la comida al Refugio. Esta reserva será sólo cuando sea necesario y explicado diariamente por la guardería con al menos 1 hora de antelación. SERVICIO DE CANTINA
La cantina del refugio permanecerá en servicio permanente excepto los horarios de silencio nocturno y limpieza de comedor. Fuera de los horarios establecidos para las 3 comidas dispensará como mínimo bebidas calientes y frías, latas y alimentos en bolsas, así como un mínimo de bocadillos, siempre que las posibilidades de almacenaje lo permitan. GUARDAR SILENCIO
En ESTÓS, RENCLUSA, GÓRIZ, ÁNGEL ORÚS Y RESPOMUSO se guardará absoluto silencio desde las 22 horas (21 horas en invierno) hasta las 7 de la mañana, efectuando todas las entradas y salidas con el máximo cuidado. En MORATA, RABADÁ Y NAVARRO, CASA DE PIEDRA, PINETA, LIZARA y RIGLOS se guardará absoluto silencio a partir de las 23 horas (22 horas en invierno) hasta las 7 de la mañana, efectuando todas las entradas y salidas con el máximo cuidado. EPÍLOGO
Este reglamento está redactado con la voluntad de concretar, simplificar y organizar el uso de los Refugios. Agradeceremos cualquier comentario, crítica... para mejorarlo en :
ENERO - 2008 REFUGIOS DE LA F.A.M.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||
http://www.fam.es webmaster@fam.es |